
Despido sin justa causa en Colombia 2025: derechos e indemnización
¿Qué significa ser despedido sin justa causa?
Perder el empleo de manera repentina es una experiencia difícil, tanto económica como emocionalmente. Sin embargo, conocer sus derechos puede marcar una diferencia significativa en lo que ocurre después. En Colombia, el despido sin justa causa ocurre cuando el empleador termina unilateralmente el contrato de trabajo sin que exista una razón válida reconocida por la ley, y sin seguir el procedimiento que esta exige.
El Código Sustantivo del Trabajo (Decreto Ley 2663 de 1950) establece un régimen claro: todo trabajador que sea desvinculado sin mediar una causa legal tiene derecho a recibir una indemnización económica por parte del empleador. Esta no es una gracia ni una concesión voluntaria — es una obligación jurídica.
Entender cuándo aplica, cuánto corresponde y qué hacer ante un despido injustificado es fundamental para proteger sus intereses laborales.
Las causas justas de despido: ¿cuáles reconoce la ley?
El artículo 62 del CST como referencia central
El artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo enumera de manera taxativa las causas que pueden justificar la terminación del contrato de trabajo por parte del empleador. Entre ellas se encuentran, por ejemplo:
El engaño del trabajador al momento de la contratación mediante certificados o referencias falsas.
Los actos de violencia, injurias o malos tratos contra el empleador, sus familiares o compañeros de trabajo.
La revelación de secretos técnicos o comerciales de la empresa.
El rendimiento deficiente de manera reiterada y previamente advertida.
La detención preventiva del trabajador por más de treinta días, salvo que sea absuelto posteriormente.
Si el empleador no puede demostrar que su decisión se enmarca en alguna de estas causales, el despido se considera sin justa causa, y con ello nace la obligación de indemnizar.
¿Qué pasa si el empleador alega una causa que no puede probar?
Esta es una situación frecuente. En la práctica, algunos empleadores redactan cartas de terminación invocando causales que luego no logran acreditar en un proceso judicial. En esos casos, la jurisprudencia colombiana ha consolidado la posición de que la carga de la prueba recae sobre el empleador: si no demuestra la causa, el despido es injustificado, y la indemnización procede de pleno derecho.
La indemnización por despido sin justa causa: ¿cuánto le corresponde?
Contratos a término indefinido
Para los contratos a término indefinido, el artículo 64 del CST —modificado por la Ley 50 de 1990— establece una fórmula progresiva basada en el salario y la antigüedad del trabajador:
Para trabajadores con salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV):
Primer año de servicio: 30 días de salario.
A partir del segundo año: 20 días adicionales de salario por cada año subsiguiente, o proporcionalmente por fracción de año.
Para trabajadores con salario igual o superior a diez (10) SMMLV:
Primer año de servicio: 20 días de salario.
A partir del segundo año: 15 días adicionales de salario por cada año subsiguiente, o proporcionalmente por fracción.
Es importante destacar que este cálculo debe hacerse sobre el salario base de liquidación, que incluye el salario ordinario y los factores salariales pactados, si los hubiere.
Contratos a término fijo
Cuando el contrato tiene una duración determinada y el empleador lo termina antes del vencimiento pactado sin justa causa, la indemnización corresponde al valor de los salarios del tiempo que faltaba para completar el período contratado. Esta regla busca proteger la expectativa legítima del trabajador sobre la estabilidad de su vínculo laboral.
Contratos de obra o labor
En los contratos por obra o labor determinada, si el empleador da por terminado el vínculo antes de concluir la obra encomendada y sin causa justificada, también procede una indemnización equivalente al tiempo que faltare para culminarla, según el criterio establecido por el CST.
Reforma Laboral de 2025: ¿cambia algo para el trabajador despedido?
La Ley 2466 de 2025, conocida como la Reforma Laboral, entró en vigencia el 25 de junio de 2025 con un esquema de implementación progresiva que se extiende hasta julio de 2027. Esta reforma introduce modificaciones importantes en varios aspectos del derecho laboral colombiano.
En relación con el despido sin justa causa, el editor del blog debe verificar si alguna disposición específica de esta ley modifica los montos o condiciones de la indemnización contemplados en el artículo 64 del CST antes de la publicación de este artículo, dado que la implementación escalonada puede generar distintos efectos según la fecha de vigencia de cada disposición.
Lo que sí es claro es que la reforma refuerza en términos generales la protección del trabajador frente a la terminación unilateral del contrato, en línea con los principios de estabilidad laboral reconocidos en la Constitución Política.
Implicaciones prácticas: ¿qué debe hacer si lo despiden sin justa causa?
Recibir una carta de terminación del contrato puede generar confusión y angustia. Estas son algunas orientaciones concretas para actuar de manera informada:
1. Revise la carta de terminación
Exija siempre que el empleador entregue la comunicación por escrito. Verifique si invoca alguna causal y si esa causal corresponde a las enumeradas en el artículo 62 del CST. Si la carta no menciona ninguna causa, o si la causa invocada no es legal ni demostrable, usted tiene derecho a reclamar la indemnización.
2. Verifique su liquidación completa
La liquidación debe incluir: salarios pendientes, prima de servicios proporcional, vacaciones compensadas, cesantías e intereses sobre cesantías. La indemnización por despido sin justa causa es adicional a todos estos conceptos — no los reemplaza.
3. No firme documentos sin leerlos detenidamente
Algunos empleadores presentan liquidaciones que incluyen cláusulas de "paz y salvo" o renuncia a futuras reclamaciones. Firmar sin asesoría puede implicar renunciar a derechos legalmente reconocidos. Si tiene dudas, consulte con un abogado antes de estampar su firma.
4. Acuda a un abogado especializado
Si considera que su despido fue injustificado y el empleador se niega a pagar la indemnización correspondiente, puede iniciar una acción judicial ante la jurisdicción ordinaria laboral. El Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y el CST regulan los mecanismos procesales disponibles. Los plazos para presentar reclamaciones son importantes — no espere demasiado.
Conclusión
El despido sin justa causa no es simplemente un fin del contrato: es un acto jurídico que genera consecuencias económicas claras para el empleador y derechos concretos para el trabajador. El ordenamiento jurídico colombiano, a través del CST y sus modificaciones, ha construido un sistema de protección que busca equilibrar la relación laboral frente a la terminación unilateral del vínculo.
Conocer sus derechos es el primer paso. Ejercerlos con el acompañamiento adecuado es el segundo. Si enfrenta una situación de despido injustificado, no actúe solo — una asesoría jurídica oportuna puede determinar si recibe o no lo que legalmente le corresponde.
¿Tiene preguntas sobre despido sin justa causa? En Reina y López Asociados podemos orientarle. Contáctenos.
¿Tiene una consulta?
Si la situación descrita en este artículo es similar a la suya, escríbanos.
Consultar por WhatsApp